Desde este 11 de mayo entran en vigor los nuevos límites de velocidad para entornos urbanos, que reducen considerablemente el número de calles en las que podrás ir a 50 kilómetros/hora.

Pero, ¿qué cambia exactamente?
Con la nueva normativa, que se aprobó en el Consejo de Ministros el pasado mes de noviembre, las calles con un solo carril por sentido quedan limitadas a 30 kilómetros/hora 20 kilómetros/hora si la acera está al mismo nivel que la calzada.

Así, los 50 kilómetros/hora que tradicionalmente teníamos en mente para circular en núcleos urbanos, quedan solo reservados para las vías con dos o más carriles de circulación para cada sentido.

Si bien es cierto que muchas ciudades ya venían aplicando estos cambios, será a partir de hoy, 11 de mayo, cuando la norma entra en vigor para todas las carreteras del país.

Para la Fundación para la Seguridad Vial, (FESVIAL), este cambio puede reducir entre un 15% y un 30% la siniestralidad, según sus estimaciones, sobre todo, en los colectivos vulnerables. Y es que el riesgo de muerte es 9 veces menor si cambiamos la velocidad de 50 a 30 kilómetros/hora.

Más novedades
Además de esta reducción de velocidad, la ley recoge que los turismos y las motos no pueden sobrepasar en 20 kilómetros/hora el límite genérico de velocidad para efectuar un adelantamiento en vías convencionales.

También hay cambios en el carnet por puntos. En este sentido, se revisó la ponderación de algunas infracciones en el sistema de puntos. De esta manera, ahora usar el móvil con una mano será penalizado con seis puntos, frente a los tres de antes, y no llevar el cinturón también nos costará 4 puntos. Poseer un detector de radares también nos hará perder tres puntos.

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