Las señales luminosas, mejor opción que los triángulos de emergencia

Las señales luminosas, mejor opción que los triángulos de emergencia

Aunque llevamos utilizándolos décadas, por momento son peligrosos. La DGT ya estudia la sustitución de los tradicionales triángulos de emergencia por señales luminosas que indiquen que nuestro coche está averiado o hay un accidente. ¿La razón? Reducir al mínimo los atropellos que se producen por esta causa. Y es que bajarnos del coche para señalizar un incidente, a veces, es una decisión fatal. En función de la vía por la que estemos transitando, nuestra seguridad se puede ver comprometida y acabar con un trágico desenlace. Por eso, desde la Dirección General de Tráfico ya se buscan alternativas que reduzcan los 117 fallecimientos que se produjeron en 2019 realizando este acto. De esta manera, la DGT ha apostado por sustituir estos elementos por unas señales luminosas que se colocarán sobre el techo del vehículo para indicar que estamos ‘en apuros’. Su fisionomía es parecida a la de las luces que utiliza la policía secreta y, lo más importante: ¡no tendrás que abandonar el coche para ponerla! Aunque la propuesta es, bajo nuestro punto de vista, ideal, tendremos tiempo para adaptarnos, ya que se prevé que su uso no sea de obligado cumplimiento hasta 2024. Mientras tanto, convivirá con los actuales triángulos. Su legislación se recoge en el Proyecto de Real Decreto del Auxilio en Carretera, previsto de aprobación para el primer trimestre del año que entra. En él indica que esta luz de emergencia – tipo V-16- será obligatoria y que es visible en el radio de un kilómetro, aún con baja visibilidad. En Autoescuela Weyler estamos encantados con todas aquellas decisiones que vienen a mejorar la seguridad de los...
¿Qué ocurre si alguien conduce tu coche y comete una infracción?

¿Qué ocurre si alguien conduce tu coche y comete una infracción?

Nos lo planteamos pocas veces, pero la posibilidad de que prestemos nuestro coche a alguien y esa persona cometa una infracción, es más común de lo que creemos. Desde saltarse los límites de velocidad hasta provocar un accidente de tráfico con heridos: ¿qué ocurre si quien conduce no es el dueño del coche? De cara a este puente, lo descubrimos. Lo primero que debes saber es que es el infractor quien debe hacerse cargo de sus imprudencias en la carretera. Para esto, si las autoridades no han identificado personalmente al conductor, es el dueño del vehículo quien debe dar parte a la Dirección General de Tráfico (DGT). A partir de ese momento, la DGT se pondrá en contacto con el propietario del coche para pedir que aporte el DNI y domicilio de la persona que conducía en el momento de los hechos. Por suerte, a día de hoy, no se trata de un proceso tedioso que conlleva varias cartas, sino que podrás, mediante la plataforma web de tráfico, cargar los datos del infractor. Para ello necesitarás aportar tanto el número de expediente como el código de identificación que mandan junto a la multa. También, si lo prefieres, podrás hacer este proceso de manera presencial, en cualquier Jefatura u Oficina de tráfico, pero siempre con cita previa. Es importante que sepas, como propietario del vehículo, que es tu responsabilidad proceder a esa identificación, ya que, en caso de eludirla, se te impondrá una sanción grave. Una vez recibas la notificación, tienes 20 días naturales para presentar, de manera gratuita, esta alegación e identificación de la persona que debe ser correctamente...
Los 5 errores que debes evitar al conducir con niebla

Los 5 errores que debes evitar al conducir con niebla

Bajan las temperaturas y cambia el tiempo. Con el otoño, es habitual en algunas zonas encontrarnos en la carretera con tramos de niebla que dificulta la conducción. Para evitar comprometer la seguridad vial, hay algunos errores que no debemos cometer. ¿Cuáles? ¡Te contamos cinco de ellos! 1- Utilizar una iluminación inapropiada Las luces largas(o de carretera) no son lo correcto, ya que reflejan en la propia niebla y deslumbran, dificultando aún más la visibilidad. Por ello, es imprescindible conocer al dedillo el sistema de alumbrado de nuestro vehículo y activar las luces cortas o de cruce, y, en caso de tenerlas, activar las antiniebla. 2- No tener en cuenta la velocidad A veces, deseamos tanto salir de la niebla, que pisamos el acelerador para ir más rápido. Esta acción, peligrosa donde las haya, reduce el margen de maniobra para reaccionar en caso de un posible imprevisto. Con mala visibilidad, es imprescindible que conduzcamos a una velocidad que nos permita, en todo momento, tener la situación controlada. 3- Pegarnos demasiado al resto de coches O en otras palabras: no respetar la distancia de seguridad. Aunque pueda parecer obvio, muchos conductores, ante la niebla, se pegan al coche de delante para tenerles como referencia. Nuestra recomendación es precisamente la contraria: mantén el margen suficiente para que, si pasa algo, puedas frenar sin problemas. 4- Parar en el arcén Si la situación te supera y necesitas parar, hazlo. Pero siempre en el lugar adecuado. Dirígete a un área de servicio o toma un desvío por la primera salida que te lo permita, pero nunca pares en el arcén, ya que tu actitud...
Con el nuevo anteproyecto de ley de Tráfico, te podrán multar por sujetar el móvil al volante

Con el nuevo anteproyecto de ley de Tráfico, te podrán multar por sujetar el móvil al volante

Mucho se habla en las últimas semanas de los cambios que se están produciendo en el Reglamento de Conductores y la Ley de Tráfico, dada su importancia en varios aspectos de la seguridad vial y nuestro día a día al volante. Lo cierto es que son notables, y van desde la regulación de los vehículos de movilidad personal hasta el cambio en la pérdida de puntos asociada a infracciones. ¡Descubrámoslo! Uno de los puntos a tener en cuenta es el uso del teléfono móvil, ya que se trata de una falta que se ha endurecido con esta modificación. El aumento de esta dureza se debe a que, a día de hoy, sigue siendo una de las primeras causas de distracción y, como consecuencia, accidentes. Y es que ahora, con el anteproyecto presentado para la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y seguridad vial aprobado, llevar el Smartphone en la mano se considerará una infracción grave: en puntos, pasas de perder tres, a perder seis. Además, con el nuevo reglamento, las autoridades te podrán sancionar simplemente por sostener el móvil en la mano mientras se conduce, aunque no se esté utilizando. Puntualiza la DGT que, los dispositivos manos libres, serán siendo totalmente legales. ¿Cuáles son las razones? La medida ha levantado curiosidad y son muchos los que en las redes se preguntan: ¿por qué? La primera causa es que ya el reglamento indica que conducir con las manos despegadas del volante o realizando cualquier gesto que impida reaccionar correctamente ante un imprevisto, es motivo de sanción. Otra razón es que, a día de hoy, usar el móvil al...
¿Qué ropa debo evitar para conducir en invierno?

¿Qué ropa debo evitar para conducir en invierno?

Aunque es cierto que en Canarias las temperaturas no son muy elevadas, a veces tenemos la tentación de abrigarnos más de la cuenta. Es importante saber que algunas prendas limitan nuestra movilidad y pueden restar eficiencia a los elementos de seguridad. ¿Cuáles? ¡Te lo contamos! Lo sabemos: vivimos en el paraíso y, salvo en ciertos puntos, las temperaturas nos respetan mucho. Pero, ¿a quién no le apetece ponerse capas y capas cuando sabe que le toca visitar La Laguna o La Esperanza? ¿Quién no lleva hasta mantas si va a ver atardecer al Teide? Por eso, es importante saber algunas cositas antes de elegir nuestro outfit. Calzado apropiado Para conducir, es siempre importante tener en cuenta el calzado que elegimos. Si a la ecuación le añadimos agua o nieve, aún más. Por eso, los calzados que son cómodos para juguetear en los charcos, debemos evitarlos por su rigidez para controlar nuestros pedales. ¡Lleva tus zapatillas de siempre para ponerte al volante! Los abrigos, nunca puestos A la hora de sentarnos en el coche, uno de los primeros pasos que debemos dar es quitarnos el abrigo. Da igual si es de paño, de plumas, finos o abultados. Y es que, aunque vayamos calentitos,  el cinturón de seguridad pierde eficacia si se separa de nuestra piel por culpa de la tela. Esto también aplica a mantas o bufandas grandes que decidamos colocarnos por encima, algo poco frecuente pero que, de utilizarlas y sufrir un accidente, nos podemos arrepentir. ¿Y si no tengo calefacción? Si no puedes poner la calefacción y es necesario que te cubras, es importante que si usas un...
¿Qué pasa si atropellas a un animal conduciendo?

¿Qué pasa si atropellas a un animal conduciendo?

Seguro que te lo has preguntado en más de una ocasión. Y es que, ante el infortunio, son muchos los conductores que no saben cómo actuar ni cuáles son sus responsabilidades si atropellan a un animal. En Autoescuela Weyler, una vez más, estamos para descubrírtelo. A priori, según indican la gran mayoría de aseguradores, los gastos sanitarios y la indemnización a los ocupantes (salvo el conductor) están cubiertos por la cobertura de responsabilidad civil del seguro obligatorio del automóvil. Pero, si hablamos de una posible indemnización por los daños del conductor o del vehículo, sí dependerá de las coberturas que particularmente incluya nuestra póliza Animal cinegético Ahora bien, no es lo mismo atropellar a un animal cinegético que a uno no lo es. Pero, ¿cuáles son estos animales? Según la ley, aquellos que pertenecen a especies que son objeto de caza mayor o menor: el jabalí, el ciervo, el gamo, el corzo, la cabra montés, el rebeco, el zorro, el lobo, el conejo, la liebre, la tórtola común, la paloma, la codorniz y la perdiz, entre otros. Desde 2014, con la nueva Ley de Tráfico y Seguridad vial, se establece que “en accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas, será responsable de los daños a personas o bienes (daños propios o a terceros) el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquellas». Aun así, la ley recoge dos excepciones: 1.- «Será responsable […] el titular del aprovechamiento cinegético o el propietario del terreno cuando el accidente sea consecuencia directa de una acción de caza...

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