Puede parecer una broma, pero no lo es. Cometer imprudencias graves al volante atenta contra la seguridad vial y ciudadana, pueden acarrear penas de prisión y obligarte a pasar un tiempo entre rejas.

Como no queremos que te pase nada de esto y sabemos que son unos buenos aprendices y futuros conductores, vamos a enumerar los cuatro delitos por los que, desde diciembre de 2017, puedes ir a la cárcel y que no te pase como a los cerca de 1200 conductores que actualmente cumplen penas de prisión.

  • Exceso de velocidad.

Tenemos aprendidos los cuadros de velocidad, sabemos que no podemos ir más rápido de lo normal, hay señales en cada tipo de vía que nos indican los límites y, aun así, los seguimos ignorando. Pues sí, el exceso de velocidad está penado con cárcel si se cumplen una serie de condiciones, por ejemplo, superar en más de 60 km/h la velocidad en vías urbanas y en 80 km/h en interurbanas. Por ejemplo, si vamos por la autopista, con límite 120 km/h y circulamos a una velocidad de 201 km/h, vamos a la cárcel.

  • Consumo de alcohol y drogas al volante

Esta infracción es de las comunes y se da especialmente en fines de semana y ahora, en carnavales. Aparte de poder tener un accidente, podemos ocasionarlo a terceras personas, por lo que la imprudencia puede costarte muy cara (pago de la multa, pena de cárcel y trabajos comunitarios). Para que haya privación de libertad, se tiene que dar que la cifra en aire espirado supere los 0,60 mg/l o conducir bajo los efectos de drogas y estupefacientes.

  • Negación a la realización de un control

Si crees que vas mal y encima te niegas a pasar un control de la Guardia Civil, que sepas que te expones a penas entre 6 meses y un año de cárcel. Además de un año de libertad, te pueden quitar el permiso de conducir hasta un período de 4 años, así que, mejor pasar el control y, si vas a conducir, no tomas sustancias como alcohol o drogas.

  • Conducir sin carné50

Ponerse al volante de un coche si nunca te has sacado el permiso o si el tuyo ha perdido la vigencia supone pasar hasta 2 años en la cárcel, además del pago de una multa y trabajos para la comunidad de hasta 90 días, con lo que, si perdiste los puntos, no te lo has sacado, o bien te lo retiraron, mejor no arriesgar y tomarse un tiempo de descanso.

Circular de manera temeraria conlleva pena de cárcel, y comprende los dos primeros delitos arriba descritos, por lo que, el agente y la DGT pueden interpretar que estás cometiendo una imprudencia y que el juez no se decante por ti en un juicio.

Aun habiendo penas de cárcel, el 35 % de los encarcelados totales son por delitos de este tipo, lo que nos lleva a pensar que en nuestro país, la educación vial no está del todo impuesta en la sociedad y muchas personas conducen “muy mal”.

 

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